La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la Cofepris debe otorgar permisos para el autoconsumo lúdico de cannabis, incluso en alimentos preparados y semipreparados, conforme a los lineamientos y restricciones establecidos. La decisión derivó del caso de una persona a quien se autorizó el autoconsumo recreativo de marihuana, pero se le prohibió utilizarla en alimentos.
Por siete votos contra dos, el pleno ordenó a Cofepris expedir el permiso en los términos establecidos por la Corte, al considerar que la autoridad no puede mantener dicha restricción mientras el Congreso de la Unión no apruebe una regulación diferente sobre el tema.
La ministra Yasmín Esquivel Mossa advirtió sobre los riesgos que podría representar la preparación de alimentos con cannabis en los hogares, particularmente para menores de edad y otras personas que pudieran consumirlos accidentalmente. También señaló posibles riesgos por la falta de vigilancia y por el uso de sustancias distintas a las autorizadas.
Sin embargo, el pleno aprobó el proyecto de la ministra Lenia Batres Guadarrama, que declaró inválida la prohibición cuando los alimentos sean preparados exclusivamente para consumo personal.
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