En México, millones de personas reciben agua por tandeo, compran pipas o destinan parte de su ingreso a garrafones, aún cuando el artículo 27 de la Constitución, que establece que las aguas nacionales pertenecen a la Nación y por lo tanto el acceso al liquido es un derecho humano
Los ayuntamientos no son propietarios del agua que llega a las viviendas, sino que su función consiste en operar los sistemas de distribución mediante organismos operadores, administrar pozos municipales y cobrar por el servicio, pero el agua continúa siendo propiedad de la Nación, es decir, los municipios funcionan como intermediarios entre el Gobierno federal y los usuarios.
La autoridad que decide quién puede extraer agua es la Comisión Nacional del Agua (Conagua).
¿Desde cuándo existen las concesiones?
El modelo actual nació con la Ley de Aguas Nacionales, publicada el 1 de diciembre de 1992, durante el gobierno del presidente Carlos Salinas de Gortari, a partir de esa reforma se creó el sistema moderno de concesiones administrado por la Conagua.
Desde entonces pueden obtener títulos de concesión:
• Municipios y organismos operadores.• Agricultores.• Ejidos.• Industrias.• Empresas refresqueras.• Desarrolladoras inmobiliarias.• Universidades.• Particulares.
La Constitución reconoce el acceso al agua como un derecho humano / Foto: Archivo AD
Las concesiones autorizan extraer determinado volumen de agua durante un plazo específico y pueden renovarse si cumplen los requisitos legales.
Toluca también tiene agua concesionada
Datos del Registro Público de Derechos de Agua (REPDA) muestran que en Toluca existen cientos de títulos registrados, entre los titulares aparecen organismos públicos, empresas privadas, desarrolladores inmobiliarios e industrias.
Algunos ejemplos son:
• Agua y Saneamiento de Toluca.• Productos Alimenticios La Moderna.• Productos Ricolino.• Embotelladora Mexicana de Bebidas Refrescantes.• Embotelladora AGA de México.• Genomma Lab.• Diversas inmobiliarias y parques industriales.
Esto no significa que sean propietarios del agua, sino que cuentan con autorización federal para extraer determinado volumen de acuíferos nacionales conforme a las condiciones establecidas por Conagua.
Si el agua es un derecho, ¿por qué se paga?
La Constitución reconoce el acceso al agua como un derecho humano; sin embargo, ese derecho no implica que el servicio sea gratuito, pues no se cobra el agua, sino su extracción, potabilización, bombeo, transporte, distribución, mantenimiento de redes y tratamiento de aguas residuales
En muchas colonias del Estado de México el suministro es insuficiente, por lo que la ciudadanía debe hacer uso de pipas particulares.
Los precios promedio encontrados en la Zona Metropolitana del Valle de Toluca son:
Una familia que depende exclusivamente de pipas puede gastar varios miles de pesos al mes para acceder a un derecho que debería estar garantizado. /Foto: AD Noticias.
Capacidad
Precio aproximado
5 mil litros
$1,200
10 mil litros
$2,100
20 mil litros
$3,900
Los costos pueden aumentar dependiendo de la distancia, maniobras o urgencia del servicio.
• 5 mil litros por $1,200 equivalen a 24 centavos por litro.• 10 mil litros por $2,100 representan 21 centavos por litro.
Aunque parece poco, una familia que depende exclusivamente de pipas puede gastar varios miles de pesos al mes para acceder a un derecho que debería estar garantizado.
¿Quién gana con el agua?
Quien posee un título de concesión puede utilizarlo para procesos industriales, producción agrícola, desarrollos inmobiliarios o prestación de servicios, siempre dentro de los límites autorizados.
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